- Aprueban en comisiones del Congreso local derogar el delito de ultraje, que criminaliza la crítica hacia personas servidoras públicas.
- Resaltan congresistas Emma Álvarez y Vladimir Hernández que esta reforma consolida la democracia y garantiza la libertad de expresión.
La Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la LXII Legislatura mexiquense aprobó eliminar del Código Penal estatal el delito de ultraje, con el fin de evitar restringir, de manera desproporcionada, la libertad de expresión, por considerar que criminaliza la crítica hacia las personas servidoras públicas.
Al avalar las iniciativas de la bancada de MC y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, la diputada Emma Laura Álvarez Villavicencio (PAN), quien presidió la reunión, resaltó que la reforma consolida la democracia; mientras que el legislador Vladimir Hernández Villegas (morena) aseguró que preserva los derechos humanos y la libertad de expresión.
De acuerdo con el dictamen, el delito de ultraje es contrario al ordenamiento constitucional y vulnera la libertad de expresión, un derecho fundamental reconocido en la Constitución y los tratados internacionales que México suscribe.
Enfatiza que, con la abrogación de este delito, se contribuye al respeto de los derechos humanos, la protección de las garantías constitucionales y la adecuación de la legislación local a los principios democráticos y los compromisos internacionales de la nación; además que se fortalece la libertad de expresión.
El dictamen, enriquecido con la opinión de representantes del gobierno estatal, precisa la derogación del Capítulo VI, del Subtítulo Segundo, del Título Primero, y los artículos 126 y 127, del Código Penal del Estado de México.
En estos, se define al ultraje como toda expresión, directa o indirecta, o toda acción ejecutada contra alguna persona servidora pública, estatal o municipal, o contra instituciones públicas, que pueda implicar ofensa o desprecio.
Además, indica que quien ejecute ultrajes contra instituciones públicas se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y de 30 a 150 días multa. Así como que, si se cometieren en contra de una persona servidora pública, se impondrán de seis meses a un año de prisión y de 30 a 100 días multa.