Actualmente, los gobiernos electos entran en funciones el 1 de enero del año siguiente a la elección, medio año después de ser elegidos.
Iniciativa prevé, en su apartado XV Bis del Artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal, un “candado” para garantizar la estabilidad financiera municipal en cierre de año fiscal de las administraciones.
Toluca, Estado de México, 12 de noviembre de 2024. En representación del Grupo Parlamentario de Morena, María José Pérez Domínguez, diputada por el Distrito Electoral XXIII de Texcoco, presentó ante el Pleno del Congreso una iniciativa para reformar la Constitución, Ley Orgánica Municipal y Código Electoral del Estado de México con el objetivo de que las y los 125 titulares de gobiernos municipales mexiquenses entren en funciones el 5 de septiembre del año de elección y no primero de enero del año siguiente como actualmente sucede.
“Los Ayuntamientos se renovarán cada tres años, iniciarán su periodo el 5 de septiembre del año de las elecciones municipales ordinarias y concluirán el 4 de septiembre del año de las elecciones para su renovación”, precisa la propuesta de reforma al Artículo 16 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Durante el desarrollo de la sesión del pleno donde participan los 75 representantes populares de las 7 fuerzas políticas con presencia en la Cámara local, María José Pérez Domínguez expuso que su propuesta busca que los ayuntamientos tengan tiempo suficiente, previo al inicio del año fiscal entrante, para construir e implementar las políticas públicas que fueron bandera para que la ciudadanía los eligiera.
En este sentido, la representante popular de la Cuarta Transformación explicó que conforme a la fracción XIX del artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, corresponde a los ayuntamientos aprobar su Presupuesto de Egresos.
Atribución, recordó, que deben ejercer las y los titulares de los Ayuntamientos a más tardar el 20 de diciembre, pero eso actualmente “resulta restrictivo” para los representantes populares entrantes, ya que toman posesión del cargo el 1 de enero del año siguiente a la elección en la que fueron electos.
Por lo anterior, la diputada María José Pérez Domínguez dijo que en estos momentos las y los alcaldes electos, durante su primer año de gobierno, desarrollan sus funciones con un presupuesto que fue aprobado por sus antecesores.
Por ello, argumentó, si el inicio de funciones de las y los alcaldes mexiquenses se registra el 5 de septiembre, en la misma fecha en que cada tres años los diputados electos también comienzan su actividad, las planillas electas popularmente en las urnas tendrían capacidad plena para poder establecer sus políticas presupuestales en consideración del modelo de gobierno y el proyecto de municipio que los habitantes eligieron.
“Al entrar en funciones el 5 de septiembre del año de elección, los ayuntamientos tendrían, por un lado, tiempo suficiente, previo al inicio del año fiscal entrante, para construir e implementar las políticas públicas”, dijo al exponer los motivos de su proyecto de reforma.
La iniciativa también propone reforma los artículos 16, 17, 18, 19 y adiciona la fracción XV Bis del artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal y establece, Artículo 17, que “dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de agosto de cada año, el ayuntamiento se constituirá solemnemente en Cabildo, a efecto de que el presidente municipal rinda un informe por escrito y en medio electrónico del estado que guarda la administración pública municipal y de las labores realizadas durante el ejercicio”.
Añade que los gobernantes electos deberán rendir protesta para ocupar los cargos de presidente municipal, síndico o síndicos y regidores el último día de agosto, como fecha límite, del último año de la gestión del ayuntamiento saliente.
La reforma de la legisladora Pérez Domínguez prevé en su apartado XV Bis del Artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal, un “candado” para garantizar la estabilidad financiera para el cierre del año de las administraciones municipales, precisando lo siguiente:
“Otorgar fianza expedida por una institución de crédito autorizada a la Secretaría de Finanzas, por una cantidad equivalente a los egresos comprendidos entre los meses de agosto a diciembre durante su gestión para sufragar las obligaciones económicas que deben realizarse por parte de la administración entrante”.
Por último, la legisladora María José Pérez Domínguez de Morena, propone modificar los artículos 23 y 447 del Código Electoral del Estado de México para que “en el registro de las candidaturas a los cargos de presidente o presidenta, regidurías y sindicaturas de los Ayuntamientos, los partidos políticos deberán observar los principios de igualdad, equidad y garantizar el principio de paridad de género tanto vertical como horizontal”.
La propuesta fue turnada a comisiones para su estudio, análisis y, en su caso, aprobación.