Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) anularon la elección del municipio de Tepotzotlán, por lo que se revocó la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de las constancias de mayoría; se pretendía anular de igual forma la de Teotihuacán pero el voto de calidad de la magistrada presidenta, Leticia Victoria Tavira salvó la elección.
Por lo que el TEEM ordenó a la LXI Legislatura emitir la convocatoria correspondiente para que se desarrolle una elección extraordinaria, a fin de que las nuevas autoridades estén legítimamente constituidas el próximo año.
Lo anterior luego de que, de acuerdo con los magistrados, la planilla postulada por Movimiento Ciudadano en dicho municipio, acreditó violaciones a los principios de neutralidad, imparcialidad, equidad en la contienda y laicidad.
Debido a que se pudo constatar que el presidente municipal de Tepotzotlán acudió a diversos actos públicos de la entonces candidata María de los Ángeles Zuppa Villegas; se acreditó la utilización de símbolos religiosos en propaganda electoral de la candidata; hizo presencia en un evento de inauguración de obra pública, considerándose como una estrategia para exponer su imagen en virtud a que para esa fecha ya tenía la calidad de precandidata; su imagen fue difundida en una jornada de vacunación contra Covid-19 en periodo de intercampaña y se acreditó la participación de servidores públicos municipales durante el proceso electoral.
Por otra parte, los magistrados también pretendían anular la elección de Teotihuacán, por detectar faltas graves en al menos 15 casillas electorales; sin embargo, el voto de calidad de la magistrada presidenta, Leticia Victoria Tavira salvó la elección al manifestarse en contra del proyecto.
La magistrada Martha Patricia Tovar Pescador fue la encargada de elaborar y presentar el proyecto en el que justificaba que presentaban violaciones graves al menos 15 casillas electorales de dicho municipio, las cuales representaban el 20% del total de las instaladas el 6 de junio pasado, por lo cual, era procedente la nulidad de la elección, lo que representaba el volver a repetirla.
“Se acredita que las violaciones se presentaron sobre el 20 por ciento del total de casillas instaladas, por tanto, la elección de miembros del ayuntamiento de Teotihuacán debe anularse por existir falta de certeza en los resultados de la elección”, dijo.
De manera adicional, comentó que fueron 62 paquetes electorales los computados y no 63 como se reportó, por tanto, al no existir certeza indicó que resultaba fundamental invalidar la elección.
Al someter el proyecto a votación, obtuvo dos votos a favor y dos en contra; sin embargo, se hizo efectivo el voto de calidad de la magistrada presidenta, por lo que se declaró improcedente la propuesta y se confirmaron los resultados electorales en Teotihuacán.
Ya que, a su parecer, no existió violación alguna a la cadena de custodia respecto a los paquetes electorales, tras afirmar que dentro de las pruebas obtenidas, no existe evidencia de que los paquetes tuvieran muestras de alteración.