INCENTIVOS FISCALES A EMPRESAS QUE PROPICIEN SALUD DE PERSONAL: GPPVEM

  • La legisladora Alejandra Figueroa Adame, del Grupo Parlamentario del PVEM (GPPVEM), planteó incentivos fiscales en el impuesto sobre nóminas para aquellas empresas que implementen programas de bienestar físico dirigidos a su personal. 
  • La medida beneficiará a más de 600 mil personas trabajadoras que padecen obesidad y tienen probabilidad de desarrollar una enfermedad crónica. 
  • Hasta el 34% de las personas adultas mexiquenses tienen sobrepeso, lamentó.

Al compartir que, de acuerdo con el Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades, cerca del 34 por ciento de las personas adultas mexiquenses padecen de obesidad, la parlamentaria Alejandra Figueroa Adame, en nombre de la bancada del PVEM de la LXII Legislatura mexiquense, planteó incentivos fiscales en el impuesto sobre nóminas para las empresas que implementen programas de bienestar físico dirigidos a su personal, especialmente a quienes cuenten con trabajos sedentarios.

Tras resaltar que la medida beneficiará a más de 600 mil personas trabajadoras mexiquenses, que padecen obesidad y tienen probabilidad de desarrollar una enfermedad crónica, la legisladora resaltó que no solo contribuye a mejorar su salud, sino también a aumentar la productividad de las empresas y a reducir los costos asociados con la atención médica de enfermedades crónicas.

La iniciativa para reformar los códigos Financiero y Administrativo del Estado de México, especifica que la Secretaría de Salud deberá monitorear y evaluar los programas permanentes de bienestar físico y nutricional, implementados por personas físicas y jurídicas colectivas en favor de sus trabajadoras y trabajadores. 

Lo anterior será requisito para acceder a la excepción del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, conforme a lo establecido por la Secretaría de Finanzas estatal.

Para que el beneficio referido sea aplicable, la empresa deberá presentar, ante la autoridad fiscal competente, un informe anual validado por la Secretaría de Salud, y deberá acreditar tanto la participación activa de las y los empleados beneficiados, como el impacto de las medidas implementadas.

Además, las empresas deberán garantizar el acceso de sus personas empleadas a instalaciones diseñadas y equipadas para la práctica de actividad física, sin costo adicional. 

En la propuesta se reconoce que, si bien el artículo 59 del Código Financiero estatal establece que no se pagará el impuesto por erogaciones realizadas a personas discapacitadas o con enfermedades terminales, crónicas o degenerativas, esta medida positiva es reactiva, pues ofrece incentivos cuando ya existe la enfermedad, no cuando se busca prevenirla.

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